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Historia

UN HOSPITAL INTEGRAL DE NIVEL UNO Y DOS DE
COMPLEJIDAD PARA LOS NORTE VALLECAUCANOS

 

 

“NUESTRO HOSPITAL UN CAMINO DE ENGRANDECIMIENTO INSTITUCIONAL”

KIOSCO FAMILIAR  – AL FONDO VEMOS EL HOSPITAL SAN RAFAELFOTO DE 1954. 

El HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN RAFAEL, es una entidad del orden Departamental perteneciente al subsector oficial del sistema nacional de salud, prestador de servicios en los procesos de promoción, fomento, prevención, diagnostico, control, tratamiento y rehabilitación en el nivel 1 y 2 de atención y centro de referencia para los municipios del distrito Nº 7.
 
 
Con el aumento de población Surgió la idea y la necesidad de mejorar la calidad y cantidad de atención en salud que se estaba prestando en el entonces puesto de salud, es así como en 1946 se empieza a moldear la posibilidad de que Zarzal tuviese su propio Hospital. En el año de 1947 es realizado el primer acuerdo que autoriza la propuesta de creación  del Hospital, es así como la comunidad se une y conforma la junta pre-hospital mediante acuerdo Nº 006 de 1947 del Honorable Concejo Municipal con aportes oficiales y donaciones particulares.
 
En el año 1957 se funda el Hospital San Rafael con el firme propósito de brindarle a la comunidad servicios de la salud con acciones integrales. Desde entonces la institución ha buscado aumentar su cobertura en atención médica general y especializada, en todo lo relacionado en la prestación de servicios contribuyendo al mejoramiento de la calidad de vida de la comunidad Zarzaleña Y Municipios circunvecinos.

Fotografo. Sr. Julio Cesar Mondragón ir arriba

OBJETIVOS INSTITUCIONALES

 

  • Contribuir con el desarrollo social de la región mejorando la calidad de vida de la población usuaria en relación de la morbilidad y mortalidad, tratamiento y rehabilitación de la enfermedad.
 
  • Fortalecer el talento humano buscando el mejoramiento continuo de los procesos institucionales.
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  • Prestar servicios de salud que satisfagan de manera óptima las necesidades y expectativas de la población en relación con la promoción, prevención  y conservación de la salud.
 
  • Producir servicios de salud eficientes y efectivos, que den cumplimiento a los estándares de calidad de la normatividad vigente que le aplica.
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  • Desarrollar la estructura y capacidad operativa de la Institución mediante la aplicación de principios y técnicas gerenciales que aseguren su supervivencia, crecimiento, calidad de sus recursos, capacidad de competir en el mercado y rentabilidad social y financiera.
 
 
FUNCIONES DE LA E.S.E

 

  • Prestar los servicios de salud  correspondientes al segundo Nivel de complejidad   a los afiliados y beneficiarios del Sistema de Seguridad Integral dentro de los parámetros y principios  establecidos por el sistema.
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  • Prestar, excepcionalmente, servicios correspondientes a niveles superiores de atención en salud, en desarrollo del principio de complementariedad de que trata el artículo 3 literal e) de la Ley 10 de 1990 y el artículo 3 numeral 9 del Decreto Ley 1298 de 1994, siempre y cuando su capacidad científica, tecnológica, financiera y administrativa se lo permita, y garantice debidamente la prestación de los servicios y las acciones de salud, previa aprobación del Ministerio de Salud, o la entidad en la cual éste delegue; sin menoscabo de la red de servicios de salud en los municipios del Departamento o de determinada región.
 
  • Ejecutar y supervisar la prestación del servicio de salud integral a las personas en su fase de diagnóstico, tratamiento y rehabilitación.
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  • Programar de manera racional la distribución de los recursos asignados para el cumplimiento de sus responsabilidades.
 
  • Contribuir a la formulación y adopción de los planes, programas y proyectos del sector salud en su jurisdicción en armonía con las políticas, planes y programas nacionales.
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  • Elaborar los programas específicos que se deben adelantar en materia de atención de la salud, a partir del diagnóstico y pronóstico de la problemática de salud, los cuales deben estar en concordancia con las políticas y planes adoptados por la Secretaria Departamental de Salud.
 
  • Estimular la participación comunitaria en los términos señalados por la Ley y sus Decretos reglamentarios.
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  • Cumplir y hacer cumplir las políticas y normas trazadas por el Ministerio de la protección Social, en concordancia  con la Dirección local de salud  y la Secretaria Departamental de Salud.
 
  • Desarrollar planes de formación, adiestramiento y perfeccionamiento para el personal del Hospital   en coordinación con Secretaria  Departamental de Salud.
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  • Promover la integración funcional.
 
  • Administrar su presupuesto y asignar sus recursos en atención a la cantidad, calidad y costo de los servicios programados teniendo en cuenta el régimen tarifario definido en el artículo 48 literal a de la Ley 10 de 1990, y los mecanismos de control interno y fiscal.
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  • Aplicar los sistemas de referencia y contrarreferencia de pacientes remitidos por el Sistema Municipal y Departamental de Salud, directamente o mediante contratos con entidades que presten servicios de salud, ya sean estas públicas, privadas o del sector solidario.
 
  • Estimular la atención preventiva, familiar y extra hospitalaria.
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  • Diagnosticar el estado  de salud - enfermedad de la población atendida y establecer los factores de riesgos determinantes de manera que sean insumo para el Plan de  Departamental de Salud.
 
  • Controlar en coordinación con las entidades del sector o de otros sectores que incidan en la salud, los factores de riesgo referentes al estado de salud - enfermedad de la población.
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  • Cumplir las normas técnicas dictadas por el Ministerio de Salud, para la construcción de obras civiles, dotaciones básicas y mantenimiento integral de instituciones de segundo  nivel de complejidad.
 
  •  Establecer en coordinación con las entidades educativas los campos y tiempos de práctica que deben proveerse en los planes de formación del recurso humano en salud, con el fin de garantizar la calidad de los servicios que presta.
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  • Velar por el cumplimiento de las normas sobre seguridad industrial y salud ocupacional.